Legislativas
“La ley no va en contra de la Constitución”
27/10/2017. Debate en el Senado por el proyecto sobre de estabilidad para jueces de la Corte
La senadora Silvina Abilés(MyM La Caldera) dijo que la ley de estabilidad para los jueces de la Corte de Justicia no va en contra del plazo establecido en el artículo 156 de la Constitución Provincial.
Preciso, al argumentar a favor del proyecto de ley que establece Régimen de Continuidad en el Ejercicio de la Magistratura de los Jueces de la Corte de Justicia, que el objeto de la ley no cambia el objeto de la Constitución, porque cada poder conserva sus facultades, ni se modifican plazos.
Apuntó que resulta incongruente que los jueces de instancias inferiores tengan inamovilidad y los de la Corte, que es la última instancia, no gocen de esa inamovilidad. Los jueces de instancias inferiores tienen independencia y no así los jueces de Corte que están supeditados al poder de turno.
Diego Pérez (PJ-Rosario de la Frontera) explicó que” es un avance, intentamos afianzar la independencia, la imparcialidad en el ejercicio de la función de los magistrados”.
Recordó que por el artículo 152 de la Constitución de 1986 los jueces de la Corte de Justucia adquirían inamovilidad luego del segundo acuerdo de manera consecutiva y que modificarlo fue un retroceso. Salta es la única provincia que tiene ne una clausula que otorga periodicidad de seis años a los jueces de Corte”.
Citó un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación según el cual “la garantía de inamovilidad consiste esencialmente en asegurar a los magistrados que un permanencia en el cargo no estará condicionada a la exclusiva voluntad discrecional de otros poderes, pues ello los colocaría en un estado precario de debilidad y dependencia frente a aquellos que tiene en sus manos la decisión sobre la permanencia en funciones y los sometería a posibles restricciones indebidas en el ejercicio de sus función”.
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