Legislativas
Reglamentaron la Acción Popular de Inconstitucionalidad
20/09/2017. Con 18 votos en contra y 27 a favor Diputados dio este martes sanción de Ley al proyecto que reglamenta la Acción Popular de Inconstitucionalidad.
Diputados modificó así la posición inicial respecto a la primera revisión de la iniciativa, que llegó del Senado donde fue enviada por la Corte de Justicia.
La Acción Popular de Inconstitucionalidad, está prevista en el artículo 92 de la Constitución Provincial y tiene por exclusivo objeto la declaración de inconstitucionalidad de una norma de alcance general contraria a la Constitución. Deberá contener cita expresa de la cláusula que sostenga haberse infringido y los fundamentos que motivan la pretensión, bajo pena de inadmisibilidad.
El ejercicio de este derecho no tenía reglamentación autónoma, está regido por fallos jurisprudenciales en los que se aplicaban supletoriamente, dos artículos del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia, en cuanto a los plazos y cuestiones generales del procedimiento.
El debate en Diputados se dio a partir de dictámenes en minoría en las comisiones de Legislación General y Justicia, defendidos por los diputados Guillermo Martinelli y Mario Ábalos, (Salta Nos Une) que plantearon insistir con las modificaciones que Diputados le hizo el año pasado al proyecto.
Los dictámenes en mayoría fueron defendidos por Lucas Godoy y Raúl Medina (PJ).
La minoría propuso volver al plazo de 60 días para poder cuestionar una norma, incluir un efecto retroactivo tras la sentencia de inconstitucionalidad, es decir desde que nació la noma y no desde la sentencia de la Corte y disminuir la sanción que se tiene previsto aplicar para quienes firmen una demanda “manifiestamente improcedente” .
La sanción consiste en una multa de hasta el equivalente de dos meses de sueldo de un juez de primera instancia, sanción que alcanzará a sus letrados, cuando hubieran actuado de mala fe.