Salta
Lo que queda de la reforma laboral
07/12/2017. Columna del Dr. Walter Neil Bhüller
La opinión pública está al tanto que, luego del impacto inicial producido por la propuesta de reforma laboral del gobierno, la CGT avaló su presentación ante el Senado, después de obtener la supresión de varios artículos que actuaban a modo de insalvable valla para lograr un mínimo de acuerdo. Sin embargo, la mayoría de la gente ignora concretamente qué es lo que quedó en el camino, qué es lo que continuará en debate, y, fundamentalmente, cuál es el beneficio que surgirá de toda esta polémica cuestión. Inclusive existen manifestaciones de protesta (fundamentalmente de la izquierda) pero que no logran dejar en claro cuál es la causa de su reclamo.
Por el otro lado, los empresarios manifiestan que es muy necesaria la reforma laboral, sin tener idea de cuál es su contenido. Lo único absolutamente claro es que la propuesta perjudica a los trabajadores, lo que no significa que -correlativamente- se beneficien las empresas, particularmente las pymes.
Lo que el viento se llevó
Las normas suprimidas eran tan grotescas que, de todas formas, no hubieran superado un filtro de constitucionalidad e inclusive el rechazo de los organismos internacionales que regulan el derecho humano de trabajar. Entre ellas tenemos la pretensión de reducir el plazo de prescripción a un año (siendo que para cualquier ciudadano sus reclamos no expiran hasta transcurridos 3 o 5 años).
También quedó sin efecto la pretensión de poner en pie de igualdad negocial a trabajadores y empresas, con lo que hubiéramos retrocedido a las postrimerías del siglo XIX. Aunque se admite que el trabajador podrá renunciar a beneficios que haya acordado individualmente con su empleador, ello solo será válido mediante homologación de la autoridad laboral.
En el proyecto original se había suprimido la posibilidad de que el trabajador al que se le hubieren modificado arbitrariamente sus condiciones de trabajo pudiera reclamar que un juez restableciera la situación alterada. Al empleado solo le quedaba la posibilidad de considerarse despedido. En la propuesta elevada al Senado se admite el reclamo judicial, pero autoriza a que el convenio colectivo establezca otra instancia de solución.
Para continuar discutiendo
Lo que quedó de la propuesta no será tratado legislativamente este año; el bloque de senadores del PJ-FPV anunció el jueves pasado su decisión de "postergar el tratamiento' del proyecto de reforma laboral "hasta la nueva composición del Senado". Los ítems a discutir son muy extensos y deberemos analizarlos a lo largo de varias notas. Por ahora solo un esbozo de dos de las cuestiones planteadas.
Las pequeñas y medianas empresas se encuentran ilusionadas que con este proyecto aliviarán el famoso "costo laboral". Falso. Las dos variables más importantes: salarios e indemnizaciones no sufrirán grandes modificaciones. Los salarios por supuesto no se disminuirán, inclusive quedan definitivamente prohibidos los "adicionales no remunerativos" que significaban una falsa quita en cargas sociales y en reducir rubros calculados en base a la "remuneración". Decimos "falso" porque la jurisprudencia en forma unánime consideraba que esas asignaciones eran (son) absolutamente- remunerativas.
La indemnización por despido continuará siendo de un mes de salario por cada año de servicio (como desde hace 70 años). Solo se suprimen algunos rubros que inciden -básicamente- sobre los altos salarios que pagan las grandes empresas.
Uno de los perjuicios más notables para las pymes será que actualmente pueden pagar el 50% de las cargas patronales; beneficio que perderán y pasarán a pagar exactamente igual que las mega empresas.
Fuente de la Información: El Tribuno