#Editorial
Ni la Corte debería meterse con la educación religiosa
13/07/2017. ¿Podrá la Corte Suprema cambiar los usos y costumbres de una provincia? ¿Podrá sobrepasar la decisión del Estado y la autonomía local para la educación primaria? Después del 16 de agosto habrá respuestas.
La audiencia pública a la que convocó la Corte Suprema para definir la continuidad de la educación religiosa en las escuelas de Salta tuvo su origen en algunos padres salteños y en una organización civil de Buenos Aires.
Lo cierto es que de acuerdo a las definiciones brindadas por un abogado constitucionalista a la 89.9, Ricardo Gómez Diez, ni la Corte de Justicia ni mucho menos la provincia de Buenos Aires tienen porqué influir en los usos y costumbres de una provincia que por ley tiene autonomía, y sobre todo en educación.
La Corte Suprema llamó a audiencia para el 16 de agosto, y no cualquiera expondrá, lo harán Gómez Diez, en calidad de amicus curiae (amigo de la Corte) a favor de la continuidad de la enseñanza religiosa, y los padres agrupados y la asociación civil en contra, luego los magistrados no están obligados a expedirse rápidamente.
Esta clase de decisiones debiera tomarlas el Estado, en este caso provincial, y comenzar los debates en el hogar para forjar ideas y participar de una consulta popular, por ejemplo, para que se entienda de una vez por todas que no atenta contra la libertad de elección de religión.