Política

La nueva fórmulaLos 5 cambios en las jubilaciones que el Senado nacional convirtió en Ley

El Senado se aprobó por amplia mayoría el proyecto de reforma jubilatoria que llegó de Diputados en una sesión especial. Milei había amenazado con el veto.

El Senado se reunió en sesión especial este jueves para tratar el proyecto de reforma jubilatoria que ya contaba con la aprobación de Diputados. Y le dio el visto bueno de la para convertirlo en Ley. Pero su promulgación por el Poder Ejecutivo estaría en veremos porque el presidente Javier Milei dijo que la vetaría.

Lo que aprobó hoy el Senado fue lo siguiente:

Reconoce un incremento complementario al de abril pasado de 8,1 puntos porcentuales, dado que el Gobierno otorgó por el mes de enero un 12,5% y la inflación de ese mes fue del 20,6%: Representa un incremento de todos los haberes del 7,2% desde abril.

El haber mínimo no podrá estar por debajo del valor de la canasta básica total (CBT) de un adulto equivalente multiplicada por 1,09. La CBT de julio (último dato oficial) fue de $ 291.471,73 por 1,09 da un total de $ 317.704,19. Y en ese mes el haber mínimo fue de $ 215.581 más el bono de $ 70.000: $ 285.581. La diferencia representa también una mejora en los haberes mínimos.

Contempla un aumento adicional a la fórmula de movilidad a aplicarse en el mes de marzo de cada año. Consiste en un 50% de la variación del RIPTE por sobre la variación del IPC del último año, siempre que resulte positiva.

Impone un plazo de seis meses para cancelar las deudas previsionales por juicios con sentencia firme y las contraídas a favor de las cajas provinciales no transferidas. Actualmente, la ley fija un plazo de 120 días para el pago de las sentencias firmes que no se está cumpliendo. Las Cajas no transferidas son las de Córdoba, Buenos Aires, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, Misiones, Neuquén, Santa Cruz, Santa Fe, Tierra del Fuego y Corrientes. Y las sentencias firmes suman 90.000.

Establece que la actualización de las remuneraciones para el cálculo del haber inicial será mensual en lugar de trimestral. El ajuste trimestral determina que sea más conveniente jubilarse en marzo, junio, septiembre o diciembre, lo que lleva a que, a igual salario promedio de los últimos 10 años, el haber inicial pueda ser diferente según el mes en que la persona se jubila..

Según informó la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) “respecto a los haberes jubilatorios, al comparar el poder de compra promedio de siete meses de 2024 respecto de igual período de 2023 prevalece una caída real de 29,2% interanual; en tanto, los haberes mínimos (con bonos) perdieron 18,5% interanual.

Para que las jubilaciones y pensiones tengan el mismo valor de septiembre 2017, tan solo 7 años atrás, la jubilación mínima debería ascender a $ 441.691 y el haber máximo a $ 3.235.736.

La diferencia con los valores actuales es abrupta. En septiembre 2024 la jubilación mínima será de $ 234.540. Y si se mantiene el bono de $ 70.000, pasará a $ 304.540. En tanto, la jubilación máxima será de $ 1.578.234.

La referencia a septiembre 2017 es porque a partir de ese mes se implementaron 4 cambios de la fórmula previsional que terminaron afectando en distintas proporciones a los jubilados.

 

 

 

 

 

 

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