Argentina

Nueva normativa de la AFIP: cuánto se puede transferir sin declarar

Los bancos o billeteras virtuales deben informar sobre movimientos financieros, pero solo a partir de ciertos montos. Mirá cuáles son

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió actualizar límites para declarar los movimientos financieros tanto de los bancos como las billeteras virtuales, que se aplican a transacciones, saldos y consumos de las cuentas gestionadas.

Según la normativa anterior, las entidades financieras debían informar sobre transferencias, acreditaciones, extracciones y saldos de cuenta a partir de $200.000. También era obligatorio informar consumos con tarjeta de débito superiores a $120.000. Estos montos correspondían a una actualización de la resolución realizada en 2023.

La reciente modificación elevó estos límites de la siguiente manera:

  • Acreditaciones: desde $700.000
  • Extracciones: desde $700.000
  • Saldos mensuales: desde $700.000
  • Consumos con tarjetas de débito del titular o adicionales: desde $400.000

Así, la AFIP aumentó un 250% el mínimo desde el cual las entidades financieras deben informar acreditaciones, extracciones y saldos mensuales, y un 233% el tope para los consumos con tarjetas de débito del titular o sus adicionales.

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