La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió actualizar límites para declarar los movimientos financieros tanto de los bancos como las billeteras virtuales, que se aplican a transacciones, saldos y consumos de las cuentas gestionadas.
Según la normativa anterior, las entidades financieras debían informar sobre transferencias, acreditaciones, extracciones y saldos de cuenta a partir de $200.000. También era obligatorio informar consumos con tarjeta de débito superiores a $120.000. Estos montos correspondían a una actualización de la resolución realizada en 2023.
La reciente modificación elevó estos límites de la siguiente manera:
- Acreditaciones: desde $700.000
- Extracciones: desde $700.000
- Saldos mensuales: desde $700.000
- Consumos con tarjetas de débito del titular o adicionales: desde $400.000
Así, la AFIP aumentó un 250% el mínimo desde el cual las entidades financieras deben informar acreditaciones, extracciones y saldos mensuales, y un 233% el tope para los consumos con tarjetas de débito del titular o sus adicionales.
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