A través de un decreto se promulgó la Leyn Nº 8455 que regulariza el ejercicio de la profesión de la Instrumentación Quirúrgica en todo el territorio de provincial.
Este lunes, mediante el Decreto N°611 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta se promulgó la Ley Nº 8455, que fue aprobada por ambas cámaras legislativas en septiembre de este año, en la que se establece un marco regulatorio para el ejercicio de la profesión de la Instrumentación Quirúrgica.
Según el artículo 1 del decreto, se establece que “los profesionales de la Instrumentación Quirúrgica pueden ejercer las actividades previstas en las incumbencias de sus títulos cuando estén debidamente matriculados ante el Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos”.
Asimismo, indica que “las instituciones que contrataren para realizar las tareas propias de la Instrumentación Quirúrgica a personas que no reúnan los requisitos exigidos por la presente Ley”, podrán recibir sanciones.
De esa manera, el texto indica que “los establecimientos de salud, públicos o privados, que cuenten con un
Centro Quirúrgico donde se lleven a cabo prácticas quirúrgicas ambulatorias o que demanden internación, deben estar integrado por un profesional de la Instrumentación Quirúrgica debidamente matriculado”.
Finalmente, la Ley también crea el Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos de la Provincia de Salta, el cual tendrá la misión de regular la actividad. Entre sus funciones están “otorgar la matrícula y ejercer el gobierno y control de los profesionales matriculados”, según el artículo 17º.
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