Argentina

Un peligroSubrogación de vientres: ni prohibido, ni permitido, ni regulado

Se intentó discutir en 2012 y recién la Corte Suprema expresó su postura sobre el tema este año, el vacío legal en la materia preocupa a los expertos por el crecimiento de esta práctica.

Recientemente quisieron sacar del país a una bebe recién nacida producto de un vientre alquilado y no lo permitieron; la Corte Suprema falló en contra de una pareja homoparental en el registro del hijo que tuvo con una gestante, dos situaciones que reabrieron el debate sobre un tema sensible que confronta con asuntos morales y éticos, pero también con el negocio y la trata.

El abogado especialista en derecho administrativo, José Luis Napoleón Gambetta, se refirió en su micro jurídico de Profesional a la actualidad del vientre subrogado en Argentina, un tema que no está permitido pero tampoco prohibido ni regulado, con lo cual las interpretaciones jurídicas ante cada caso pueden variar y dar lugar a errores y peligrosos procesos de adopciones ilegales, entre otros.

Hay una gran variedad de legislaciones entre países, algunos con reglamentos y otros con vacíos legales como el caso de Argentina, se trata de un contrato entre los comitentes y la persona que lleva a cabo el embarazo sin voluntad maternal y que intentó ser introducido en detalle en la reforma del Código Civil y Comercial en 2012, pero que a raíz de las modificaciones sufridas en el Congreso, no se incluyó la regulación de la maternidad subrogada.

El único artículo que se contempló es sobre el registro de madre y padre al momento de nacer, en el que se incluye a la gestante, aunque en ocasiones ella no quiere figurar, como ocurrió con el fallo de la Corte Suprema en el que una pareja homosexual que donó los gametos, debió elegir el nombre de uno de ellos y el de la madre gestante.

Napoleón Gambetta explicó que si hay un vacío legal en ese aspecto, frente a este tipo de trámites, la casuística lo termina llenando y eso es peligroso, porque aparecen jurisprudencias por un lado y por el otro, jueces que interpretan a la luz de la Constitución o de normas internacionales, y no hay un camino marcado al respecto.

Sin embargo, un reciente fallo de la Corte Suprema marcará un antecedente y sentará jurisprudencia, sostuvo Napoleón Gambetta, y se entiende que si bien no es obligatorio desde lo legal si lo es en lo moral que los tribunales inferiores adopten la misma postura.

El caso

La Corte Suprema de Justicia resolvió por primera vez en una causa por gestación por sustitución. Fue al rechazar la demanda de un matrimonio gay que tuvo un hijo a través de una gestante y reclamaba que se hiciera una nueva partida de nacimiento en donde la mujer no figurara.

Ni la Ley N° 26.862 de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico asistenciales de reproducción médicamente asistida, ni el Código Civil y Comercial de la Nación regulan la gestación subrogada. En todo el país, es obligatoria la intervención de la justicia de familia para autorizar u homologar estos procesos de maternidad subrogada. Hasta hace poco, gracias a un amparo colectivo que acaba de cesar, en la Ciudad de Buenos Aires alcanzaba con un acuerdo ante escribanos públicos y la inscripción del bebé en el Registro Civil como hijo de la persona que se quedará con el bebé.

Hasta ahora, había dos causas en trámite que pusieron el foco en el negocio de los vientres subrogados y la posible trata de personas. Una causa está radicada ante la justicia federal de Córdoba, en donde se investiga el caso de 14 víctimas en situación de vulnerabilidad que habrían sido usadas como vientres subrogantes.

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