Argentina

ANMATProhiben la venta de un producto de limpieza y un repelente

El organismo prohibió los productos por ser “ilegítimos” y presentar irregularidades. Ambos, con el fin de proteger a eventuales usuarios.

A través de la Disposición 6222/2024 y la 6232/2024, publicadas en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de un destapador de cañerías y de un repelente de insectos.

Se trata del producto “Destapa cañerías Daytona” y del repelente marca Repe Wels Plus. En el primer caso, el organismo determinó que el producto es “ilegítimo o impuro”, mientras que en el segundo caso, consideró que era “irregular”, por lo tanto resultan ser ilegales.

ANMAT prohibió un destapa cañerías

En el primer documento, explican que el comercio donde fue detectado el producto no contaba con factura de compra al momento de la inspección ni tampoco fue enviada al ser solicitada al Servicio de Domisanitarios. Debido a esto, se verificó que el mismo no se encuentra inscripto ante el organismo y no se identifica el establecimiento responsable habilitado en el rotulado.

ANMAT prohibió un destapa cañerías y un repelente para mosquitos.

ANMAT prohibió un destapa cañerías y un repelente para mosquitos.

En ese sentido, la ANMAT indicó que “los productos domisanitarios puestos en el mercado para su distribución y/o uso y comercialización deben ser fabricados por establecimientos habilitados para tal fin y encontrarse inscriptos ante la Autoridad Sanitaria competente”, por lo que, al tratarse deproductos que se desconoce su origen y que carecen de registro sanitario, no se puede garantizar su calidad, seguridad y eficacia.

Por todos estos motivos y, a fin de proteger a eventuales usuarios del producto toda vez que se trata sobre aquellos de los que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración y sobre el cual no resulta posible brindar garantías acerca de su seguridad y eficacia, ANMAT prohibió “el uso, la comercialización y la publicidad en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica de todos los lotes de todos los productos domisanitarios de marca “DAYTONA”, hasta tanto cuente con la debida autorización sanitaria”.

ANMAT prohibió la marca de un repelente de insectos

El organismo dependiente del Ministerio de Salud aplicó la misma medida con el repelente para insectos de la marca Repe Wels Plus. En el segundo documento detalló que recibió una denuncia por la falsificación del mismo.

El denunciante informó que las principales diferencias entre el producto original y el falso es que el segundo se presenta en frasco cilíndrico, mientras que el original se comercializa en botella. Además, se encuentran diferencias en el etiquetado y en las fechas del vencimiento, ya que en el primer caso se encuentra en la parte inferior de adelante, mientras que el original declara el lote y vencimiento aplicado con codificadora inkjet.

Tras las actuaciones correspondientes, se identificó un local comercial sito en el partido de Lanús, donde se habría ofrecido el producto para la venta. Por esa razón, se ordenó una inspección de fiscalización de producto para obtener datos referidos a la procedencia o del laboratorio elaborador, sin embargo, los responsables del local inspeccionado carecían de ellos y ya no contaban con unidades del producto en exhibición en el stock.

Debido a esto, la ANMAT determinó: “Prohíbese el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea de todos los lotes, presentaciones y contenidos netos del producto FALSIFICADO de origen nacional que posee las siguientes características: se comercializa en botella cilíndrica, el etiquetado se presenta sólo en la cara frontal y tiene fondo naranja en la parte superior y blanco en la parte inferior. La fecha de vencimiento se presenta en la parte inferior de la etiqueta delantera y se identifica fraudulentamente bajo la denominación “REPELENTE DE INSECTOS, marca REPE WELS PLUS”.+

Fuente: Ámbito

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